¿Sabes qué es un Comité Paritario? Lo sepas o no, es importante recalcar que esta figura, que es parte protagonista de las políticas orientadas a la Higiene y Seguridad en las empresas, es muy desconocida por muchos trabajadores. Como en Manager nos importa que seas un experto en toda la gestión de la empresa, te contamos más sobre este comité.
¿Qué es el Comité Paritario de Higiene y Seguridad?
Es un comité conformado al interior de una empresa, que tiene el objetivo de velar por la seguridad de los trabajadores, a través de las siguiente funciones definidas por ley: Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección, vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención, higiene y seguridad, tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa; indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales y promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores.
¿Cómo se conforma el comité paritario?
El comité se compone de 6 integrantes, tres representantes de la empresa y tres representantes de los trabajadores, además de un suplente por cada uno de los miembros. En empresas con más de 100 trabajadores, el Experto en Prevención de Riesgos, también es parte del comité, sin derecho a voto.
Para crear el comité, primero se debe, escoger a los integrantes. En el caso de los representantes de la empresa, estos serán designados de manera directa, mientras que los representantes de los trabajadores participarán en una votación secreta y directa. Una vez realizado este proceso, se puede proceder a la formalización de la constitución, para esto se debe levantar un Acta de Elección de Representantes de Trabajadores y un Acta de Constitución de Comité Paritario de Higiene y Seguridad, los que se deben entregar a la Inspección del Trabajo.
Finalmente se deben definir juntas y reuniones, estas se realizarán de manera ordinaria, al menos una vez al mes, y será necesario que al menos un representante de cada parte esté presente para que esta sea válida.
¿En qué situaciones es obligatorio en una empresa?
Toda empresa que posea más de 25 integrantes, debe conformar un Comité Paritario, de acuerdo a lo establecido en la Ley 16.744 sobre Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales.
Ahora ya lo sabes, si tu empresa cumple los requisitos y aún no posee un comité paritario, entonces puedes conversarlo con el área de Recursos Humanos para comenzar este importante proceso.
En Manager, estamos atentos a esta y todas las normativas relacionada con los procesos internos en las empresas, para actualizar nuestros softwares y cubrir todas las necesidades de nuestros clientes.
¿Cuáles son las principales funciones de un Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS)?
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) tiene varias funciones clave dentro de una empresa:
- Asesoramiento y Capacitación: Instruir a los trabajadores en el uso adecuado de los equipos de protección.
- Supervisión de Cumplimiento: Asegurar que tanto la empresa como los trabajadores cumplan con las normas de prevención, higiene y seguridad.
- Investigación de Incidentes: Analizar las causas de accidentes laborales y enfermedades profesionales que ocurran en la empresa.
- Evaluación de Negligencia: Determinar si un accidente o enfermedad profesional fue causado por negligencia del trabajador.
- Implementación de Medidas Preventivas: Recomendar todas las medidas necesarias para prevenir riesgos laborales.
- Otras Funciones Asignadas: Cumplir con cualquier otra misión que le asigne el organismo administrador correspondiente.
- Promoción de Capacitación: Fomentar la realización de cursos de capacitación profesional para los trabajadores, ya sea en la empresa o a través de organismos autorizados.
¿Cómo puedo crear un comité paritario en mi empresa?
Para crear un CPHS en tu empresa, debes contactar a la Dirección del Trabajo correspondiente, obtener los formularios de registro y proporcionar la documentación requerida. También puedes hacerlo en línea a través de www.direcciondeltrabajo.cl, registrándote para obtener una clave de acceso y siguiendo las instrucciones proporcionadas.
Documentación Necesaria:
- Cédula de identidad (para personas naturales).
- Copia del RUT de la empresa.
- Copia de la cédula de identidad del representante legal.
- Copia de la escritura que designa al representante legal (para personas jurídicas).
¿Cómo se eligen los representantes patronales o de la empresa?
Los representantes de la empresa son designados directamente por la misma. La empresa debe nombrar a tres miembros titulares y tres suplentes al menos 15 días antes de que el comité actual cese en sus funciones.
¿Quiénes pueden ser elegidos como representantes patronales?
Deben ser personas preferentemente vinculadas a las actividades técnicas que se desarrollan en la industria o faena donde se ha constituido el comité paritario.
¿Cómo se eligen los representantes de los trabajadores?
Los trabajadores interesados que cumplan con los requisitos necesarios se inscriben y participan en una votación secreta y directa. Se eligen tres titulares y tres suplentes de la siguiente manera:
- Titulares: Los tres candidatos con mayor cantidad de votos.
- Suplentes: Los tres siguientes en orden descendente de votos.
Esta elección debe llevarse a cabo al menos 15 días antes de que el comité actual termine su periodo.
Requisitos para los Trabajadores para ser Miembros del CPHS
- Tener más de 18 años.
- Saber leer y escribir.
- Tener al menos un año de antigüedad en el trabajo.
- Haber recibido cursos de orientación en prevención de riesgos o haber trabajado en el Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales de la empresa, si corresponde.
- Ser funcionario de planta o contratado, en el caso de la administración pública.
¿Quiénes participan en la elección de los representantes de los trabajadores?
Todos los trabajadores de la empresa, faena, sucursal o agencia pueden participar en la elección. Si un trabajador divide su jornada entre diferentes faenas, puede participar en las elecciones de cada una.
¿Cuánto tiempo pueden permanecer en sus cargos los miembros del comité?
Los miembros del comité pueden desempeñarse en sus roles por un período de dos años, con la posibilidad de ser reelegidos.
¿Por qué motivos puede cesar en el cargo un miembro del Comité Paritario?
- Si dejan de trabajar en la empresa.
- Si no asisten a dos sesiones consecutivas sin una justificación válida.
¿Los miembros del comité paritario gozan de fuero?
Solo uno de los representantes titulares de los trabajadores tiene fuero, el cual dura hasta el final de su mandato. Este representante con fuero es elegido por sus compañeros dentro del comité, y su designación debe ser comunicada por escrito a la empresa.
¿Cuánto tiempo dura el fuero?
El fuero se mantiene durante los dos años que duran los cargos en el comité. Sin embargo, si el trabajador con fuero tiene un contrato a plazo fijo o por obra específica, el fuero dura hasta el final de dicho contrato.