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¿Cuáles son los cambios que trae la Ley de Pago 30 días?

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Desde el 16 de mayo, entra en vigor la nueva Ley de Pago a 30 días o también conocida como Ley de Pago Oportuno, tal como lo habíamos anunciado en enero, este proyecto busca que los proveedores reciban en tiempo y forma el pago de sus productos y servicios prestados. La ley regula a empresas nacionales controladas por chilenos como también por extranjeros, residentes o no en Chile.

Sin duda alguna los mayores beneficiados por esta ley son las Micro Pyme y las Pymes del país, ya que además, según cifras que entrega el gobierno, representan la principal fuente de empleo de nuestro país (Micro: 44,4 % y Pymes: 52,5%), por lo que he ahí la importancia de la aprobación de esta ley.

Pasos y fechas de la nueva ley de pago a 30 días

Esta ley tendrá cambios paulatinos, y la aplicación total del pago a 30 días, en todos los rubros y sectores económicos, está proyectada para el 2022, cuando todo tipo de factura tenga por obligación el pago de estas en dicha fecha. Aquí te dejamos cuáles serían los pasos y fechas importantes de la implementación de esta nueva ley:

– 16 de enero del 2019, se firma el proyecto de ley.

– 16 de mayo del 2019, entrada vigencia Ley (60 días) .

– 16 de enero del 2020, aplicación al sistema público.

– 16 de febrero del 2021, inicio pago a 30 días, a excepción de servicios públicos y de la salud.

– 01 de junio del 2021, inicio pago a 30 días en servicios de la salud.

– 01 de junio del 2022, inicio pago a 30 días con todo tipo de facturas.

Cabe recordar que el atraso en el pago de los servicios prestados tendrá una infracción monetaria, ¿Cómo funcionará esta parte de la reciente ley aprobada? Te lo explicamos:

“El comprador o beneficiario del bien o servicio que esté en mora deberá pagar una comisión fija por recuperación de pagos equivalente al 1% del saldo insoluto adeudado.”

  • Con las modificaciones se fijan dos “recargos”, que son de beneficio del emisor de la factura y de cargo del comprador o beneficiario (destinatario):

1) Un interés moratorio diario.

2) Una comisión por recuperación de pagos del 1% de lo adeudado.

– Esto rige a contar del mes de mayo de 2019, para todas las empresas (compradores/ proveedores).

– La excepción es la vigencia acotada para empresas emisoras de menor tamaño cuando su cliente sea de las entidades de salud, Cenabas y las Municipalidades, que rige desde junio de 2021. Antes no tendrán recargo (mayo 2019 hasta mayo 2021).

– El resto de los proveedores, es decir, las “grandes empresas” que operen con los compradores antes indicados, no tienen acceso a los recargos por mora de pago hasta mayo de 2022.

– A contar de junio de 2022, todas las empresas proveedoras, sin importar el tamaño tienen el beneficio de cobrar los recargos mencionados en el sector específico de compradores que se indica (sector público de salud, Cenabas y Municipalidades).

En Manager, nos preparamos para está ley, por eso haremos actualizaciones en nuestros softwares, además de contar con cursos especializados en esta materia en nuestro Centro de Capacitación, para que puedas afrontar de la mejor manera este nuevo proceso que comienza a regir a mediados de mayo.

Si necesitas más información puedes revisar el sitio web oficial de esta ley: https://www.gob.cl/leypago30dias/.

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