Tal como lo informó el Servicio de Impuestos Internos (SII), el 2 de febrero de 2019 se publicó en el Diario Oficial la ley N°21.133 que incorpora a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social, estableciendo un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones, lo que les permite tener acceso a todos los beneficios de la seguridad social.
Con el objeto de contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la ley estableció también que, a partir del 1 de enero de 2020, se aumentaba gradualmente la tasa de retención de honorarios del 10% o la tasa del Pago Provisional Mensual obligatorio (PPM) en los casos que no aplica la retención del receptor, en la emisión de Boletas de Honorarios.
Nueva tasa de retención de honorarios
Desde el 1 de enero de 2023, comenzó a regir una nueva tasa de retención de horarios. Cada vez que emitas una boleta de honorarios, la retención será de 13%.
Recordar que hasta el 31 de diciembre de 2022 era de un 12,25% y el aumento en la tasa de retención de honorarios será de 0,75% por año, hasta llegar a 17% en 2028.
Ejemplo práctico
¿No te quedó claro? Te damos un ejemplo del nuevo cálculo que se realizará automáticamente cada vez que emitas este documento:
Tú cobraste | $ 1.000.000 |
Cálculo de retención 13 % | $ 130.000 (sobre lo que cobraste) |
Debes recibir: | $ 870.000 |
Considera además que, desde el 1 de enero de 2021, todas las Boletas de Honorarios se deben emitir electrónicamente.
Si eres uno de nuestros clientes y cuentas con uno de nuestros ERP, acá te contamos cómo realizar la modificación:
Manager+
En Manager+ recuerda realizar la modificación en Configuración / Parámetros / Impuestos / IVA y Retención.
Manager ERP
En Manager Time ERP recuerde realizar la modificación en las fórmulas de la Boleta de Honorarios.